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Devolución de impuestos SAT 2026: 11 casos en que te regresan tu lana

El SAT tiene 11 casos donde te devuelve impuestos en abril. ¿Ya sabes si te aplica? Aquí te explicamos cuáles son y cómo tramitarla.

Foto de Finanzas Rifadas, autor en Finanzas Rifadas

Finanzas Rifadas

Devolución de impuestos SAT 2026: 11 casos en que te regresan tu lana

Devolución de impuestos SAT 2026: 11 casos en que te regresan tu lana

Mucha gente paga impuestos todo el año y no sabe que el SAT tiene la obligación de regresarte parte de ese dinero si se dieron ciertas condiciones. No es un favor — es tu derecho.

En abril 2026, el SAT confirmó once escenarios donde procede una devolución de impuestos. La neta es que la mayoría de las personas que califican nunca la tramita, ya sea porque no sabe que existe o porque cree que es un trámite imposible.

Aquí te explicamos cuáles son esos once casos, quiénes aplican y qué necesitas hacer.

¿Por qué el SAT te regresa dinero?

Cuando pagas más impuestos de los que legalmente debes, el SAT está obligado a devolverte la diferencia. Esto pasa por varias razones: deducciones que no se aplicaron correctamente durante el año, retenciones en exceso por parte de tu empleador, cambios en tu situación laboral, o gastos deducibles que nunca declaraste.

El trámite se llama devolución de saldo a favor y puedes hacerlo desde el portal del SAT (sat.gob.mx) con tu e.firma o contraseña. En los casos más sencillos, el depósito llega en menos de 40 días hábiles.

Los 11 casos donde el SAT te regresa tu lana

1. Declaración anual con saldo a favor por deducciones personales

Este es el más común. Si durante 2025 pagaste honorarios médicos, dentales, gastos hospitalarios, colegiaturas, intereses de hipoteca o aportaciones voluntarias al Afore, puedes declararlos como deducciones personales. Si el total de retenciones de ISR que te hizo tu empleador fue mayor al impuesto que realmente debías pagar, el SAT te regresa la diferencia.

Ejemplo concreto: imagina que ganaste $18,000 mensuales y tu empresa te retuvo ISR todo el año. Pero también pagaste $30,000 en honorarios médicos por una emergencia. Al declarar eso, tu impuesto real baja — y lo que ya pagaste de más, te lo devuelven.

2. Personas con dos o más empleadores en el mismo año

Si en 2025 tuviste dos trabajos formales al mismo tiempo o cambiaste de chamba durante el año, es muy probable que te hayan retenido ISR de más. Cada empleador calcula la retención como si fuera tu único ingreso, lo que puede generar un exceso al sumar ambos.

3. Trabajadores que solo laboraron parte del año

Si empezaste a trabajar a mediados de año, estuviste incapacitado o dejaste un empleo, las retenciones mensuales de tu empleador no consideraron que tus ingresos anuales serían menores. Resultado: te retuvieron más ISR del que correspondía.

4. ISR retenido en exceso por honorarios (freelancers)

Si trabajas por honorarios — es decir, emites facturas como persona física con actividad empresarial o profesional — y los que te pagaron te retuvieron ISR, al hacer tu declaración anual puede resultar que pagaste de más, especialmente si tus deducciones autorizadas son altas.

5. Retenciones por arrendamiento de inmuebles

Si rentaste un departamento o local durante 2025 y el inquilino te hizo retenciones de ISR (como lo marca la ley cuando quien renta es persona moral), puede que al declarar resulte un saldo a favor, dependiendo de tus deducciones permitidas.

6. Declaración complementaria que genera saldo a favor

Si ya presentaste tu declaración anual y después te diste cuenta de que olvidaste meter deducciones o corregir algún dato, puedes presentar una declaración complementaria. Si el ajuste genera saldo a favor, puedes solicitar la devolución.

7. Contribuyentes del Régimen Simplificado de Confianza (RESICO) con pagos en exceso

Quienes tributan en el RESICO hacen pagos mensuales de ISR basados en sus ingresos. Si al cierre del año tus ingresos fueron menores a lo estimado, o si tuviste deducciones no consideradas, puede generarse un saldo a favor en la declaración anual.

8. Personas físicas con ingresos por intereses

Si tienes dinero en CETES, en cuentas de ahorro de SOFIPOS o en instrumentos de deuda, los rendimientos generan ISR por retención automática. En algunos casos, dependiendo de tu nivel de ingresos total y de otras variables fiscales, esa retención puede resultar mayor al impuesto definitivo que te correspondía pagar.

9. Trabajadores que realizaron aportaciones voluntarias al Afore

Las aportaciones voluntarias a tu Afore son deducibles hasta cierto límite. Si las hiciste durante 2025 y no las declaraste, puedes presentar una declaración complementaria o tomarlas en cuenta en tu declaración 2025 (que se presenta en 2026) para reducir tu base gravable y generar saldo a favor.

10. Deducciones por primas de seguro de gastos médicos mayores

El pago de primas de seguro médico es deducible como gasto personal. Muchas personas que tienen este seguro — ya sea contratado directamente o a través de su empresa pagado por ellos mismos — no lo declaran porque no saben que aplica. Si pagaste primas durante 2025, mételas en tu declaración.

11. Estímulos fiscales no aplicados

Existen ciertos estímulos fiscales que el SAT reconoce para casos específicos: personas con discapacidad, adultos mayores, contribuyentes en ciertas zonas económicas, entre otros. Si en 2025 aplicabas para alguno y no lo tomaste en cuenta, puedes declararlo ahora.

¿Cuándo y cómo tramitar tu devolución?

La declaración anual de personas físicas se presenta durante abril. Si ya la presentaste y resultó saldo a favor, el SAT puede:

  1. Depositarte directamente en tu cuenta CLABE registrada (el camino más rápido).
  2. Compensar el saldo contra otras obligaciones fiscales que tengas.

Para solicitar la devolución en el portal del SAT:

  • Entra a sat.gob.mx → Trámites → Devoluciones y compensaciones
  • Necesitas tu RFC, contraseña o e.firma
  • Ten a la mano tu CLABE interbancaria (el SAT deposita directo ahí)
  • El plazo de respuesta es de hasta 40 días hábiles en casos normales; puede reducirse si todo está en orden

5 pasos que puedes hacer hoy mismo

  1. Entra a sat.gob.mx y verifica si ya tienes una declaración prellenada con tus datos del año pasado.
  2. Revisa tus comprobantes fiscales (CFDI) de 2025: recibos médicos, dentales, colegiatura, intereses hipotecarios. Todos deben estar facturados a tu RFC para poder deducirlos.
  3. Confirma tu CLABE en el portal del SAT. Si no está registrada o está equivocada, la devolución no llega.
  4. No esperes hasta el 30 de abril — entre más temprano presentes, más rápido te regresan tu dinero.
  5. Si tienes dudas, usa el chat de SAT ID o acude a una ADSC (Administración Desconcentrada de Servicios al Contribuyente). El trámite básico no requiere contador.

Espero hayas disfrutado nuestro post del día !!

Que tengas una hermosa semana! :)

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